El desarrollo vertiginoso de los medios de comunicación y la revolución informática han contribuido en forma positiva en nuestra sociedad, pero también cabe destacar que pueden incidir negativamente , originando una serie de perjuicios y agravios a los individuos, los cuales requieren ser reparados mediante mecanismos que conlleven a controlar la trasferencia indebida de datos, así como la posibilidad de acceder a éstos y conocer la finalidad para la cual van a ser empleados. Es aquí cuando toma real importancia, dentro del ordenamiento jurídico, la existencia de acciones, recursos o mecanismos tendientes a resguardar estas situaciones, tal como lo es la acción de hábeas data.
El vocablo "habeas" proviene del latín habere, que significa téngase en su posesión y "data", proviene del inglés que significa datos, definido por los diccionarios como representación convencional de hechos, conceptos o instrucciones de forma apropiada para la comunicación y procesamiento por medios automáticos. Por lo que "habeas data" quiere decir "que tengas los registros, los datos".
El hábeas data, por tratarse de una institución relacionada con la informática y por consiguiente con la creación de archivos, registros y bases de datos, es menester establecer el objeto o la finalidad que se persigue con dicha institución. En un sentido literal, el hábeas data parte de la idea inicial de la obtención de datos, pero es necesario aclarar cuáles datos son los que se pueden obtener, ya que se podría interpretar que sería con respecto a cualquier tipo de datos. Es así como, los datos a los cuales se pueden acceder son los datos personales que podrían ser vulnerados por informaciones de carácter público, en virtud de que la protección de la persona contra el uso abusivo de los datos contenidos en los registros o bases de datos es uno de los fines fundamentales que tiene esta institución jurídica.
La jurisprudencia Argentina ha manifestado al respecto que: "El hábeas data tiene cinco objetivos principales: a) que una persona pueda acceder a la información que sobre ella conste en un registro o banco de datos; b) que se actualicen datos retrasados; c) que se rectifiquen datos inexactos; d) que se asegure la confidencialidad de cierta información legalmente obtenida para evitar su conocimiento por terceros; e) supresión del registro de la llamada información sensible (vida íntima, ideas políticas, religiosas o gremiales)".